Médicos podrán alegar objeción de conciencia, lo que antes no se les permitía hacer.
Un fuerte choque de ‘trenes’ se presentó ayer entre la Corte Constitucional y el Consejo de Estado por la ley que permite a las mujeres embarazadas abortar si argumentan violación, malformación del feto o riesgo para la madre.
Mientras el Consejo de Estado anunció la suspensión del Decreto 4444, expedido por el Ministerio de Protección Social, en el que se acoge toda la normatividad de la Organización Mundial de la Salud para la prestación del servicio de abortos seguros, la Corte Constitucional dejó claro que, pese a esto, la norma constitucional sigue vigente y tiene total validez. (Leer noticia completa)